Contratos celebrados por un administrador en situación de conflicto de interés pueden anularse aunque no ocasionen un daño patrimonial por infracción del deber de lealtad.
El Tribunal Supremo, en su sentencia de 16 de junio de 2025, confirma la validez de las cartas de patrocinio “fuertes” como garantías mercantiles exigibles. Una decisión relevante que refuerza la seguridad jurídica de las entidades acreedoras cuando estas cartas contienen una voluntad clara y vinculante.
Comfort letters con fuerza vinculante: el Supremo consolida su carácter obligatorio
El Tribunal Supremo, en su sentencia de 16 de junio de 2025, confirma la validez de las cartas de patrocinio “fuertes” como garantías mercantiles exigibles. Una decisión relevante que refuerza la seguridad jurídica de las entidades acreedoras cuando estas cartas contienen una voluntad clara y vinculante.
La DGSJyFP acepta la inscripción de una hipoteca en garantía del crédito futuro del avalista frente al deudor
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública avala la inscripción de una hipoteca constituida por una sociedad a favor de una SGR para garantizar el reembolso de un aval, incluso si el crédito es futuro y condicionado. Esta resolución refuerza la validez de estructuras de garantía habituales en la financiación de pymes, siempre que la relación subyacente esté claramente documentada.
BME Easy Access: la CNMV flexibiliza el acceso a Bolsa con una modalidad sin free float inicial
La CNMV y BME presentan una modalidad innovadora de acceso a los mercados: las empresas podrán admitir sus acciones en Bolsa sin free float previo y realizar la colocación efectiva hasta 18 meses después.
Esta opción, dirigida inicialmente a compañías con valoración superior a 500 millones €, permite separar la admisión de la colocación, reducir riesgos de mercado y anticiparse a la futura Listing Act europea.
Responsabilidad de socios en reducciones de capital: el Supremo refuerza la exigencia de buena fe en la aplicación del artículo 331 LSC.
El Tribunal Supremo, en su sentencia de 2 de junio de 2025, analiza si puede reclamarse a los socios la devolución de aportaciones en una reducción de capital cuando la reserva prevista en el artículo 332 LSC se constituyó por un importe inferior al restituido, aunque muy superior al de la deuda reclamada.
La Audiencia rescinde un reparto de dividendos compensado con créditos del socio por perjudicar a la masa, aunque no suponga salida de caja y haya sido adoptado correctamente.
La Audiencia rescinde un reparto de dividendos compensado con créditos del socio por perjudicar a la masa
La Audiencia Provincial de Madrid declara rescindible un reparto de dividendos por más de 3 millones de euros, efectuado antes del concurso de acreedores, aunque fuera acordado conforme a derecho y compensado contablemente con créditos del socio. El tribunal considera que el acto supuso una disminución patrimonial injustificada en perjuicio de los acreedores.
La AEPD sanciona el uso sin base legal del número personal de una trabajadora en un grupo de WhatsApp laboral
La Agencia Española de Protección de Datos ha sancionado a una empresa por incorporar el número personal de una empleada en un grupo de mensajería laboral sin su consentimiento ni base jurídica válida. El caso pone el foco en el uso de canales digitales en el entorno laboral y en la necesidad de contar con una base legal clara para el tratamiento de datos, incluso cuando se trata de información mínima como un número de teléfono.
Modificación del objeto social: límites al derecho de separación del socio.
La Audiencia Provincial de Madrid confirma que no procede el derecho de separación del socio si no hay una modificación estatutaria formal y sustancial del objeto social (art. 346 LSC). Para poderse separar de la sociedad, no basta con cambios de hecho en la actividad ni con participaciones minoritarias en otras empresas. Además, el ejercicio tardío y sin base adecuada puede considerarse abuso de derecho.
Precio aplazado y fórmula abierta: la DGSJyFP flexibiliza el criterio sobre el “precio cierto” en compraventas
La DGSJyFP avala la inscripción de una compraventa con precio parcialmente diferido y sujeto a futura enajenación, siempre que su determinación esté sometida a un procedimiento objetivo y a terceros imparciales.
En su resolución de marzo de 2025, la Dirección General flexibiliza la interpretación del “precio cierto” del artículo 1447 del Código Civil, permitiendo su fijación futura cuando el mecanismo es claro y autónomo.
El Supremo excluye el retracto de arrendatarios en ventas en bloque de todas las unidades del propietario, aunque no abarque todo el edificio.
La Sentencia de 21 de abril de 2025 resuelve un relevante caso en torno al ejercicio del derecho de retracto por parte de arrendatarios tras la venta masiva de viviendas públicas. El Supremo interpreta de forma estricta el art. 25.7 LAU: si el arrendador transmite en bloque todas sus propiedades en un edificio, no cabe el retracto, aunque haya precios individualizados o la operación forme parte de una venta mayor.