La CNMV impone dos nuevas sanciones por uso de información privilegiada

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha dictado dos resoluciones de 21 de mayo de 2024 en las que se sanciona a directivos por la comisión de infracciones muy graves por incumplir sus obligaciones en materia de información privilegiada

La interpretación del concepto de información privilegiada

El Reglamento (UE) 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de abril de 2014 sobre el abuso de mercado define la información privilegiada con carácter general como “la información de carácter concreto que no se haya hecho pública, que se refiera directa o indirectamente a uno o varios emisores o a uno o varios instrumentos financieros o sus derivados y que, de hacerse pública, podría influir de manera apreciable sobre los precios de dichos instrumentos o de los instrumentos derivados relacionados con ellos”.

Son por tanto dos los elementos esenciales del concepto de información privilegiada: su carácter preciso y la importancia de su efecto potencial sobre los precios de los correspondientes instrumentos financieros. Aunque el Reglamento desarrolla esos dos elementos, en la práctica resulta en muchas ocasiones difícil determinar qué supuestos concretos encajan en el concepto de información privilegiada.

Las resoluciones de la CNMV en su condición de supervisora constituyen un elemento muy relevante en la interpretación y análisis casuístico de la definición de información privilegiada.

Empleados de farmacéutica que adquieren acciones tras la aprobación de un fármaco y suscripción de contrato de distribución

En su resolución de 21 de mayo, la CNMV ha impuesto una sanción a un ex directivo y un empleado por adquirir acciones de una compañía farmacéutica estando en posesión de información privilegiada y obteniendo una ventaja económica notable por ello. También se sanciona a una persona ajena a la compañía que compartió la información privilegiada con el empleado.

El ex directivo tenía conocimiento de información privilegiada relativa al proceso de aprobación de un fármaco cuando adquirió acciones de la farmacéutica, vendiéndolas pocos días después y obteniendo así un beneficio económico. La CNMV le impone una sanción de 40.000 euros.

Por su parte, el empleado recibió información privilegiada por parte de una persona ajena a la compañía relativa a la existencia de negociaciones entre la farmacéutica y distintas entidades para la comercialización de un fármaco en Estados Unidos que culminó en la suscripción de un contrato de licencia en exclusiva con un distribuidor para dicha comercialización. Estando en posesión de esta información, el empleado adquirió acciones de la farmacéutica.  Al empleado se le impone una sanción de 40.000 euros y a la persona que facilitó la información una multa de 60.000 euros.

Sanción a directivo de empresa minera adquirir acciones conociendo la adjudicación de una concesión

La CNMV ha impuesto, asimismo en una resolución de 21 de mayo, una sanción a un exdirector de una compañía por cometer una “infracción muy grave”. La CNMV sostiene que el directivo adquirió acciones de la sociedad cotizada estando en posesión de información privilegiada consistente en la adjudicación de una concesión a una filial de la matriz cotizada.

La adjudicación de la concesión fue comunicada por la empresa cotizada al mercado como información privilegiada días después de la adquisición de acciones por parte del directivo.

En 2023, la CNMV impuso sendas multas a la empresa minera por importe de 150.000 euros por difundir tarde información privilegiada.

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