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Analizamos las últimas normas, sentencias y resoluciones con un enfoque práctico para que no te pierdas nada.

El socio minoritario puede separarse si se bloquean sistemáticamente los dividendos La Audiencia Provincial de Barcelona (23-may-2025), refuerza el derecho de separación del socio minoritario por falta de reparto de dividendos (art. 348 bis LSC). El fallo desactiva maniobras obstruccionistas de la mayoría —como la reformulación de cuentas ya aprobadas y reconoce el derecho del socio a salir de la sociedad con valoración justa de sus participaciones.
Nulidad de ampliación de capital por incumplimiento del deber de información en la ecuación de canje En nuestro último insight analizamos una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que anula una ampliación de capital con aportaciones no dinerarias por déficit informativo. La operación estaba ligada a una integración societaria más amplia, que no fue explicada a los socios.
¿Es responsable el liquidador por deudas impagadas si la empresa ya estaba en situación de insolvencia? No necesariamente. En nuestro último insight analizamos la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 6 de junio de 2025, que confirma que el art. 397 LSC no impone una responsabilidad automática al liquidador. Si al inicio de la liquidación la sociedad ya carecía de bienes, el impago no se considera un daño imputable, salvo que se demuestre que una actuación u omisión del liquidador frustró el cobro del crédito. Una resolución que delimita con claridad el alcance de esta acción de responsabilidad y refuerza la seguridad jurídica en los procesos de liquidación.
La Audiencia rescinde un reparto de dividendos compensado con créditos del socio por perjudicar a la masa La Audiencia Provincial de Madrid declara rescindible un reparto de dividendos por más de 3 millones de euros, efectuado antes del concurso de acreedores, aunque fuera acordado conforme a derecho y compensado contablemente con créditos del socio. El tribunal considera que el acto supuso una disminución patrimonial injustificada en perjuicio de los acreedores.
La Audiencia Provincial de Madrid confirma que no procede el derecho de separación del socio si no hay una modificación estatutaria formal y sustancial del objeto social (art. 346 LSC). Para poderse separar de la sociedad, no basta con cambios de hecho en la actividad ni con participaciones minoritarias en otras empresas. Además, el ejercicio tardío y sin base adecuada puede considerarse abuso de derecho.

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