La Audiencia Provincial de Barcelona analiza detalladamente la reformulación de las cuentas anuales y cuándo puede declararse nulo un acuerdo de aprobación de las cuentas anuales por no respetar la imagen fiel.
El tercer trimestre de 2024 ha traído importantes novedades en el área mercantil. Hemos preparado un análisis de las normas, sentencias del Tribunal Supremo, Audiencias Provinciales, y resoluciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y de la Agencia Española de Protección de Datos, así como de la CNMV.
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública se pronuncia sobre la forma en que se realiza la convocatoria de una junta general y si la convocatoria puede remitirla un tercero.
La Audiencia Provincial de Pontevedra se pronuncia sobre el cese de un consejero nombrado por los accionistas minoritarios por el sistema de representación proporcional y sobre si debe existir justa causa para cesar a los consejeros nombrados por esta vía.
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública se pronuncia sobre el derecho de separación de los socios en un supuesto de ampliación del objeto social de una sociedad.
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha dictado una resolución en la que analiza la posibilidad de inscribir la liquidación de una sociedad que, aun teniendo un acreedor, carezca de activo y no solicite el concurso de acreedores.
La resolución supone una importante novedad en la interpretación de la Ley de Sociedades de Capital y modifica la doctrina que la propia Dirección General había mantenido hasta la fecha en la materia.
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que analiza cómo afecta la falta de depósito de las cuentas anuales al análisis judicial de la concurrencia de la causa de disolución por pérdidas y, en consecuencia, a la responsabilidad de los administradores.
El 18 de enero de 2024 se publicó en el BOE la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (DGSJyFP), que se pronuncia sobre la adjudicación de un activo a un accionista incapacitado en el marco de un proceso de disolución y liquidación de una sociedad.