El 24 de diciembre se publicó en el BOE el Real Decreto Ley 9/2024, que prorroga dos años el régimen extraordinario para el cómputo de la causa de disolución por pérdidas.
Las contradicciones de las Audiencias Provinciales sobre la interpretación del artículo 17.12 LPH han llevado al Tribunal Supremo a pronunciarse: las comunidades de propietarios pueden prohibir los alquileres turísticos cuando el acuerdo se alcance por una mayoría igual o superior a tres quintos.
El Tribunal supremo analiza si los tribunales pueden ajustar la indemnización acordada en un contrato en caso de resolución anticipada. En su fallo, el TS establece que no es posible que los jueces modifiquen una indemnización cuando las partes han pactado expresamente que cualquiera de ellas pueda resolver el contrato de forma unilateral. Como resultado, condena a la parte que resolvió el contrato a pagar una indemnización de 500.000 euros.
Una de las fórmulas tradicionales de reforzar el enforcement de los pactos de socios o protocolos familiares es crear prestaciones accesorias vinculadas al cumplimiento de los acuerdos. La resolución de la DGSJyFP de 11 de octubre aborda la inscripción en el Registro Mercantil de prestaciones accesorias vinculadas al cumplimiento de un protocolo familiar no inscrito en el Registro Mercantil.
La resolución aclara que los estatutos pueden establecer como prestación accesoria el cumplimiento de un protocolo familiar elevado a púbico, incluyendo únicamente una referencia a la escritura en la que se elevó a público el documento. Por tanto, para la validez de la prestación accesoria no es necesario que el protocolo familiar sea público.
Esta resolución nos permite también reflexionar sobre otras cuestiones como:
1. Las conclusiones derivadas de esta resolución para los protocolos familiares son también aplicables a los pactos de socios.
2. El incumplimiento de las prestaciones accesorias puede tener consecuencias significativas para los socios llegando incluso a su exclusión.
3. Las prestaciones accesorias siguen siendo un buen mecanismo para reforzar el enforcement de los pactos extraestatutarios.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha aclarado cuestiones fundamentales sobre la cesión de datos personales a terceros con fines comerciales, de marketing y publicidad.
En su sentencia de 4 de octubre de 2024 (Asunto C-621/22), el TJUE analiza cómo aplicar el «interés legítimo» como base legal para este tipo de tratamientos, conforme al artículo 6.1.f) del RGPD.
La Audiencia Provincial de Barcelona analiza detalladamente la reformulación de las cuentas anuales y cuándo puede declararse nulo un acuerdo de aprobación de las cuentas anuales por no respetar la imagen fiel.
El tercer trimestre de 2024 ha traído importantes novedades en el área mercantil. Hemos preparado un análisis de las normas, sentencias del Tribunal Supremo, Audiencias Provinciales, y resoluciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y de la Agencia Española de Protección de Datos, así como de la CNMV.
La AEPD impone varias multas por valor de 600.000 euros a la empresa organizadora del Mobile World Congress por varias infracciones de la normativa de protección de datos.
El Tribunal Supremo se pronuncia sobre si el daño causado a un inversor por la pérdida de valor de un producto financiero puede reclamarse vía daños y perjuicios por incumplimiento contractual o responsabilidad por folleto.
El Tribunal Supremo se pronuncia sobre la indemnización por clientela. En esta sentencia, el Tribunal Supremo confirma que, si no se ha renunciado en el contrato de arrendamiento, la actividad de bar con terraza puede dar lugar a una indemnización por clientela a favor del arrendatario.