La Audiencia Provincial de Barcelona ha dictado una sentencia en la que se pronuncia sobre la prohibición de asistencia financiera:
– En una operación de compraventa de acciones la sociedad adquirida otorgó dos prendas sobre determinados activos para asegurar el pago aplazado al vendedor.
– En el marco de una situación de incumplimiento del contrato de compraventa, el propio comprador y la sociedad adquirida presentaron la demanda de solicitud de nulidad de las prendas.
– La Audiencia declara la nulidad de dos prendas constituidas y no aprecia abuso de derecho de los demandantes.